miércoles, 14 de octubre de 2009

Registro Incidental al Arresto

Cuantas veces he oído decir a Policías en sus conversaciones que en tal lugar pegaron a tres o cuatro sujetos y que los registraron. Analicemos lo siguiente:

La garantía de nuestra constitución (por cierto una de las mas completas en el mundo)protege a la ciudadanía contra registros que sean irrazonables, aunque pueden ser legales. Nuestra jurisprudencia ha establecido que un arresto legal conlleva un registro incidental. En palabras sencillas si sé cometió un delito y usted arresto registre en el lugar a la persona, y no-solo a la persona, extienda su registro al lugar y cosas que esta traiga (en el lugar) Pueblo V. Sosa Díaz, 90DPR 622 (1964) Estos criterios son de estricto cumplimiento ya que el registro o incautación incidental a un arresto legal se considera un derecho limitado por parte del Estado. El mero hecho de que ocurra un arresto legal no convalida un registro sin una orden. Por lo que el Juzgador tendría que analizar la totalidad de las circunstancias del caso.

Criterios a considerar para registro sin orden:
a. Si es para ocupar armas.
b. Debe limitarse a la persona y lugar de control inmediato
c. Registro, contemporáneo al arresto
d. En casos de transito y por la movilidad del vehículo podrá registrarse el vehículo si las circunstancias así lo justifican. Pero una mera infracción a la ley de transito no justifica un registro al automóvil. Pueblo v. De Jesús Robles, 92 DPR 345 (1965)

Importancia de esto es llevar un caso sólido ante nuestros Tribunales, después no nos quejemos diciendo que se nos cayo el caso. Hay que hacer las cosas bien...

3 comentarios:

  1. El pensamiento general predominante es, yo registro por que CREO que tiene algo en él o vehículo de motor. Si se cae ya saque esto o aquello de las calles.

    Recuerdo que una madrugada cuando decido intervenir con un conductor por violación administrativa a la regulaciones de transito. El compañero llama al supervisor, cuando este se presenta ya estaba cumplimentando el boleto.

    El supervisor de aquella madrugada un fiebru que no le importa los derechos de los ciudadanos u no sigue los procedimientos establecidos, le dice a los individuos que salgan del vehículo.

    Y comienza el registro ilegal del vehículo. Yo me quedo observando a un costado de la patrulla lo que sucedía. El supervisor me observa y dice " esta intervención es tuya ven paca y ayuda a registrar el vehículo, saben que le dijo Román No! mi intervención no requiere registro lo que ustedes hagan o encuentren es cosa de ustedes.

    El supervisor se molesto tanto que nos reúne en la estación y comienza e recriminar mi actitud. Por que tu me contestas de esa forma delante de la gente, por que tu me preguntaste delante de la gente...

    Debemos tener cuidado cuando un supervisor nos ordenes escudriñarlas a través del filtro del conocimiento adquirido para así garantizar un trato justo a los ciudadanos.

    ResponderEliminar
  2. Es correcto, pero como podemos saber si algunos supervisores saben lo que dicen, bendito,ni han tomado examen o peor aun no leen.

    ResponderEliminar
  3. Bueno, este comentario me salio del alma. La realidad es que el que quiera aprender lo puede hacer. No hay que ir a la Universidad, es tener la voluntad...

    ResponderEliminar