jueves, 15 de octubre de 2009

Orden de Registro y Allanamiento


Orden de Registro y Allanamiento.

Por allí hay muchos que les gusta que los policías realicen registros irrazonables exponiendo así al interventor a una demanda por violación a los Derechos civiles del ciudadano.

Me explico:

Definamos el concepto:

Orden de Registro y Allanamiento, es un mandamiento expedido a nombre del pueblo de Puerto Rico por un magistrado, y dirigido a un funcionario del orden publico, agente de rentas internas o inspector de contribuciones sobre ingresos, dentro de las funciones de su cargo, ordenándole buscar y ocupar determinada propiedad mueble.

Procedimiento in rem:

Cuando se expide la orden para registrar determinada propiedad, se trata de una orden contra la cosa. Por lo que nos es necesario incluir en la orden el nombre de la persona que ocupa o posee la propiedad. En cambio, cuando la orden se expide para registrar a una persona deberá nombrarse o identificarse a la persona y el procedimiento será “in personam” Referencia. Pueblo v. Rivera, 87 DPR 564 (1963)

Propiedad a ocupar.

Cualquier propiedad mueble que ha sido objeto de un delito contra la propiedad y cualquier propiedad que ha sido o esta siendo o se propone ser utilizada como medio de cometer un delito...continuaremos.

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