domingo, 7 de febrero de 2010

El Proceso Administrativo en la Supervicion

En toda organización ya sea privada o de gobierno hay una base en la que se debe fundamental el trabajo. Con esto logramos obtener resultados ideales (se piensa) al poder distribuir nuestros recursos de la manera más eficaz para lograr los objetivos.

¿Que es el Proceso Administrativo?

Este proceso esta fundamentado bajo la siguiente premisa:

Imagine que esta construyendo una casa, esta necesitara techo, columnas y base. Si lo aprende de esta manera nunca lo olvidara.

La base = Es la Planificación
Las columnas son Organización, Dirección y Control.
El techo es el gobierno o la empresa privada.


En nuestro siguiente capitulo entraremos a los propósitos de cada una de estas y debemos recordar que una casa con una de sus columnas destruidas no permanecerá de pie. Es por ello la importancia en Planificar, Organizar, Dirigir y Controlar.

lunes, 16 de noviembre de 2009

La Presuncion de Inocencia

En que consiste...

En todo proceso criminal se presumirá inocente al acusado. El Estado rebatirá tal presunción probando de manera clara en derecho todo lo alegado en el pliego acusatorio y la culpabilidad del acusado mas allá de toda duda razonable.

1. Culpabilidad mas allá de duda razonable es aquella convicción
moral que produce certeza, de que se ha cometido el delito imputado.

2. El fiscal deberá traer prueba suficiente en derecho sobre todos los elementos del delito imputado.

3. No basta que el Estado pruebe un caso prima facie del delito imputado
Si no que para lograr una convicción valida deberá además relacionar al acusado con los hechos constitutivos del delito.

Como la presunción de inocencia le acoge al acusado, este si lo desea no tiene que traer prueba. Es el fiscal quien tendrá que probar su culpabilidad mas allá de toda duda razonable.

miércoles, 4 de noviembre de 2009

Conceptos...Tercera Parte


Creí prudente detener la parte del Reglamento para volver al área de los conceptos.
Recuerda que debes en este momento dominar todos los conceptos para que puedas tener un progreso idóneo en la materia.

En estos días escuche un compañero enviar una patrulla para atender un robo, cuando pregunte lo ocurrido el robo no había ocurrido, sino que lo sucedido fue una apropiación ilegal, lo corregí en el momento sin faltarle al respeto y le dije por radio, usted indica apropiación ilegal.

El supervisor debe estar pendiente a esto, si usted quiere ser un nuevo supervisor, estos pequeños detalles no los deje pasar, les diré por que.

Ejemplo:

Nuestro amigo el Pol. Occonor # 000 esta sentado en la silla de los testigos
ha arrestado a Chencho cara cortao, por el delito de apropiación ilegal. Luego de leida las advertencias y seguir los procedimientos al dedillo, declara.

“Me encontraba en una ronda preventiva por la Vía Añoranza
cuando una dama me detiene para querellarse que le habían llevado
unas pertenencias. La cartera con dinero y otras cosas. La dama me dijo
que la había puesto encima del auto a lo que cerraba la puerta principal
de la casa. Que paso el individuo y señala a Chencho y toma la misma
y se aleja corriendo. Doy una ronda y lo detengo y arresto”. (finaliza el fiscal su turno)

(Abogado) ¿ Cuando le robo Chencho la cartera a la dama? ¿ Cuándo estaba afuera o dentro cerrando la puerta? Inmediatamente dispara Occonor y dice cuando estaba adentro...El abogado del diablo sonríe y le pregunta ¿ Y como le robo , si usted acaba de decir que el tomo la cartera y salió corriendo?...

Aprenda de una ves apropiación ilegal apropiarse sin intimidación y violencia. No es lo mismo que robo.

“Juez...absuelto” quien es el culpable, nuestro amigo Occonor que por no escuchar perdió un caso sencillo. Debió contestar.

“No hable de robo licenciado, hable de apropiación ilegal”

decida usted...

miércoles, 28 de octubre de 2009

El Reglamento, parte 2


Conforme al propio Reglamento de la Policía Municipal de Carolina se han establecido Normas Administrativas de cosas establecidas.

Ejemplo:

Uniformes, insignias, armas de fuego y equipo (art8)

En esta sección se establece el uniforme a utilizarse en la Policía Municipal y el equipo esto lo podrá leer en los incisos 1 y 2 en el inciso 4 se establece lo siguiente:

4) El Uniforme constara de las siguientes piezas:

A. Sombrero de paja para hombres y mujeres...
B. Camisa color navy blue de manga corta
C. Pantalones para hombres y mujeres estilo militar con tablillas para el cinturón...
D. ,e,f,g,h,i, y j.

Ahora bien establecido esto en el Reglamento y estando claro con lo que dice el mismo, le pregunto.

¿El cambio del uniforme de la Estación de Isla verde es valido?

Discutiremos en la próxima sección....

Recuerda que una pregunta de algo que al final no es legal puede ser refutada y al final prevalecerá lo que dice la Ley...

jueves, 22 de octubre de 2009

Registro irrazonable vs. registro ilegal


Hemos hablado del arresto, el sospechoso otros conceptos, hablaremos sobre Registro irrazonable vs. Registro ilegal. Mucho cuidado que hay muchos por allí violando derechos.

La garantía constitucional protege a los ciudadanos contra registros que, aunque legales pueden ser irrazonables. Por vía jurisprudencial se ha permitido el registro incidental a un arresto legal. Por lo que el Estado puede registrar sin una orden previa.

Irrazonable vs. Ilegal

a. Si el arresto es valido, será cuestión en determinar si el registro es razonable o irrazonable, en cuyo caso la evidencia que se ocupe será suprimida en los tribunales.
b. Si el arresto no es valido o no hay arresto previo, será un registro ilegal. En estas circunstancias el registro será el “fruto del árbol prohibido”

Ejemplos registros ilegales:

1. Registro incidental a un arresto bajo Reglas 11 o 12 que no es validada por un magistrado.
2. Registro incidental al arresto de la persona equivocada.

1. Registro de la persona, sin arrestarla primero, Pueblo v. González Rivera, 100 DPR 651 (1972). Excepto que circunstancias extraordinarias justifiquen que se registre antes de arrestar. la persona tiene un arma.. La persona esta destruyendo evidencia
2. La persona tiene un arma.
3. La persona esta destruyendo evidencia
4. Registro incidental a orden de arresto con defecto substancial en la orden.
5. Registro de una residencia, en ocasión de diligenciarse una orden de arresto..

miércoles, 21 de octubre de 2009

La Fianza.



Cuantas veces se escucha a un Funcionario de Orden Publico decir, el Juez le hecho una fianza muy baja. La realidad es que la fianza no es un castigo, alégrate que hubo determinación en tu caso.





Hablemos de la Fianza:

A. Disposición Constitucional

El Art. II, sec. 11 dispone lo relativo a fianzas:

“Todo acusado tendrá derecho a quedar en libertad bajo fianza antes de mediar un fallo condenatorio. La detención antes del juicio no excederá de seis meses. Las fianzas y multas no serán excesivas.”

B. La Fianza

1. Mandatoria

Toda persona arrestada por cualquier delito tendrá derecho constitucional
a quedar en libertad bajo fianza hasta tanto sea convicta.

2. Por que se presta fianza.

Garantizara la comparecencia de la persona arrestada ante el magistrado o
Tribunal correspondiente.

C. Cuantía

Por disposición constitucional, la fianza no podrá ser excesiva.

Hay tanto por repasar para no caer en malos comentarios contra otros.

martes, 20 de octubre de 2009

El Reglamento


Nuestro Reglamento:

Aplicara a los miembros de la Policía Municipal de Carolina. No es aplicable al Comisionado.(art3)

Será interpretado en armonía con la Ley de la Guardia Municipal.(art4)

Aquí si hay tela que cortar...debido a las tantos cambios que por Orden Ejecutiva y normas administrativas ha sufrido. Dicen ellos pues la realidad es que ellos mismos están violando la propia ley.

Las Leyes en Puerto Rico son eso leyes, que aunque viejas y no usadas si no han sido derogadas tienen fuerza a la hora de ser aplicadas. Ahora bien, cuando hablamos de leyes debemos saber que hay un orden jerárquico en las mismas.

Por ejemplo:

La constitución no puede ser enmendada y derogada por una simple ley, pues tienen que hacerlo de la manera que se establece en ella. Por lo que es conocida como nuestra Ley Suprema. Aquella que garantiza derechos y rige los corazones de un pueblo.

De aquí pasamos a las siguientes:

1. Leyes Especiales
2. Leyes Generales
3. Reglamentos, Ordenes Ejecutivas, Normas Administrativas, etc.

Y las jurisprudencias que tienen fuerza de ley.

Cada ley en su jerarquía establece como será enmendada o derogada. Y si de ella surge que una de menor fuerza pueda añadir algo, establecera la manera de hacerlo. No quitar ni cambiar pues seria enmendar.

Veamos un ejemplo...

“Cuando hablamos de Ordenes Generales o Administrativas dice el reglamento”

-Las ordenes administrativas obligatorias impartidas por escrito por el Comisionado de la Policía Municipal a todo su personal relacionadas con procedimientos de trabajo, uso y medidas administrativas que regulan la operación y el funcionamiento de la Policía Municipal, NO CONTENIDAS EN EL REGLAMENTO. (art5, inc. 26)

Lean bien pues una pregunta de examen de una orden administrativa ilegal, se gana en una verificación del examen. Yo se lo aseguro, que se ganara. Por lo que hay un monton de Normas Administrativas que segun fueron redactadas enmiendan el Reglamento. ¿Serán validas? Lea y juzgue usted.
continuaremos...