lunes, 16 de noviembre de 2009

La Presuncion de Inocencia

En que consiste...

En todo proceso criminal se presumirá inocente al acusado. El Estado rebatirá tal presunción probando de manera clara en derecho todo lo alegado en el pliego acusatorio y la culpabilidad del acusado mas allá de toda duda razonable.

1. Culpabilidad mas allá de duda razonable es aquella convicción
moral que produce certeza, de que se ha cometido el delito imputado.

2. El fiscal deberá traer prueba suficiente en derecho sobre todos los elementos del delito imputado.

3. No basta que el Estado pruebe un caso prima facie del delito imputado
Si no que para lograr una convicción valida deberá además relacionar al acusado con los hechos constitutivos del delito.

Como la presunción de inocencia le acoge al acusado, este si lo desea no tiene que traer prueba. Es el fiscal quien tendrá que probar su culpabilidad mas allá de toda duda razonable.

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